AI Rider
Este AI Rider establece términos adicionales que regulan el uso de los datos de IBOPE en relación con inteligencia artificial, machine learning o tecnologías similares (“IA”). Este AI Rider integra el Contrato, o cualquier formulario de pedido, declaración de trabajo u otro documento aplicable celebrado conforme a dicho Contrato, entre IBOPE y la contraparte identificada en el Contrato, cuando dicho Contrato o documento incorpore este AI Rider por referencia o haga referencia a la URL en la que este AI Rider esté publicado (el “Contrato”). Este AI Rider se aplica a todos los datos licenciados o de cualquier otra forma puestos a disposición por IBOPE conforme al Contrato (los “Datos”), salvo acuerdo escrito en contrario por parte de IBOPE.
En caso de conflicto o inconsistencia entre el presente AI Rider y el Contrato, este AI Rider prevalecerá exclusivamente en la medida de dicho conflicto o inconsistencia y únicamente con respecto al uso de los Datos en relación con IA. Salvo modificación expresa realizada por este AI Rider, el Contrato permanecerá sin cambios y en pleno vigor y efecto.
1 Definiciones Y Alcance
1.1 En el presente AI Rider, los términos que comiencen con mayúscula tendrán el significado establecido en esta cláusula 1.1, independientemente de que dichos términos estén o no definidos de otra forma en el Contrato. Los términos que comiencen con mayúscula y que se utilicen, pero no estén definidos de otra forma en este AI Rider, tendrán los significados que les sean atribuidos en el Contrato.
“Anexo de IA” significa cualquier anexo, cronograma, apéndice, formulario de pedido, declaración de trabajo u otro documento que forme parte del Contrato, que identifique un uso de los Datos relacionado con IA expresamente aprobado por IBOPE y que establezca la Finalidad Permitida, los Datos, el Sistema de IA, el Entorno Autorizado, el Proveedor Autorizado, el Flujo de Trabajo de RLD Autorizado, el período de retención, las condiciones y otros detalles pertinentes aplicables a dicho uso. Un Contrato podrá contener más de un Anexo de IA. Cada Anexo de IA se aplica exclusivamente al uso relacionado con IA expresamente identificado en dicho Anexo de IA. Cualquier referencia en este AI Rider al “Anexo de IA” significa el Anexo de IA aplicable al uso relacionado con IA correspondiente.
“Sistema de IA” significa:
- un sistema basado en máquinas diseñado para operar con distintos niveles de autonomía y que puede presentar adaptabilidad después de su implementación y que, para objetivos explícitos o implícitos, infiere, a partir de la información de entrada que recibe, cómo generar resultados, tales como predicciones, contenido, recomendaciones o decisiones que puedan influir en entornos físicos o virtuales; o
- cualquier inteligencia artificial, machine learning, deep learning, red neuronal, foundation model, large language model, modelo multimodal, sistema de IA generativa, asistente de IA, agente autónomo, sistema de retrieval-augmented generation, componente de recuperación basado en embeddings o vectores, sistema automatizado de apoyo a la toma de decisiones, sistema de generación de contenido sintético o tecnología similar, actualmente conocida o desarrollada en el futuro, incluyendo cualquier API, plug-in, conector, capa de recuperación, capa de gestión de contexto, capa de orquestación, memoria de agente, artefacto de modelo, peso de modelo u otro componente utilizado en relación con cualquiera de los elementos anteriores, o que conserve o realice el Tratamiento de Datos, prompts, contexto o resultados generados por ellos o enviados a ellos.
“Entorno Autorizado” significa el entorno identificado y protegido especificado en el Anexo de IA, dentro del cual podrá producirse un uso autorizado de los Datos relacionado con IA.
“Proveedor Autorizado” significa un proveedor de nube, tecnología o servicios expresamente identificado en el Anexo de IA y sujeto a términos escritos que prohíban el uso de los Datos, prompts, contexto y resultados para Entrenamiento de Modelos o mejora del servicio y que impongan obligaciones de confidencialidad, seguridad, retención, eliminación y divulgación posterior al menos tan restrictivas como las establecidas en el presente AI Rider.
«Flujo de Trabajo de RLD Autorizado» significa un uso específico de Datos a Nivel de Registro que esté expresa y exhaustivamente descrito como permitido en el Anexo de IA, incluyendo la finalidad aplicable, los Datos, el Sistema de IA, el Entorno Autorizado, el Proveedor Autorizado, los flujos de datos, las medidas técnicas y organizativas, los resultados, los destinatarios y el período de retención.
“Acuerdo de Compartición/Intercambio de Datos” significa el Acuerdo de Compartición/Intercambio de Datos de IBOPE, conforme se detalla y pone a disposición en https://www.fifty5blue.com/es/proteccion-de-datos/acuerdo-de-comparticion-intercambio-de-datos.
“Resultado Analítico Derivado” significa un insight agregado, estadística, informe, visualización, predicción, descripción de segmento u otro resultado analítico generado a partir de los Datos que no contenga Datos a Nivel de Registro, no reproduzca, sustituya ni replique sustancialmente los Datos o cualquier parte sustancial de los mismos y no permita la reconstrucción, ingeniería inversa, individualización o reidentificación de los Datos subyacentes.
“Embedding” significa una representación numérica, vectorial u otra representación legible por máquina de Datos, metadatos, taxonomía, conceptos, atributos, patrones o relaciones, almacenada o no en una base de datos vectorial.
“Entrenamiento de Modelos” significa cualquier proceso mediante el cual un Sistema de IA aprende patrones, relaciones o representaciones a partir de datos, incluyendo, sin limitación, entrenamiento inicial, reentrenamiento, fine-tuning, transfer learning, aprendizaje continuo, reinforcement learning o validación.
“No RLD” significa Datos que no sean Datos a Nivel de Registro, incluyendo Datos Agregados y Resultados Analíticos Derivados, siempre que dichos Datos no puedan ser razonablemente utilizados, por sí solos o conjuntamente con otra información disponible para el CLIENTE o para cualquier tercero al que el CLIENTE facilite los Datos, para reconstruir, individualizar, inferir o de cualquier otra forma derivar un registro relativo a un encuestado, panelista, hogar, usuario o dispositivo individual.
«Análisis Permitidos» significa el uso de No RLD como información de entrada para fines de análisis, elaboración de informes, modelización, predicción, benchmarking, generación de insights, visualización, business intelligence o apoyo a la toma de decisiones, incluso mediante el uso de herramientas habilitadas por IA, cuando:
- los Datos sean tratados para generar insights, informes, estadísticas o business intelligence;
- los Datos no sean retenidos por ningún Sistema de IA ni utilizados para Entrenamiento de Modelos o para su mejora, incluyendo mediante logging, caching o mecanismos técnicos similares de almacenamiento;
- el Sistema de IA opere en un entorno privado, empresarial o controlado, bajo condiciones que impidan expresamente que los Datos, prompts y resultados sean utilizados para Entrenamiento de Modelos o mejora del servicio;
- el Sistema de IA no tenga acceso a Datos a Nivel de Registro mediante llamadas API, ventanas de contexto, system prompts, capas de recuperación, conectores, plug-ins, herramientas, cache, logs u otros sistemas conectados; y
- cualesquiera resultados no contengan Datos a Nivel de Registro ni permitan la reconstrucción, ingeniería inversa, individualización o reidentificación de los Datos subyacentes;
- el uso no cree ni respalde un producto, conjunto de datos, modelo o servicio que sustituya los Datos o reduzca sustancialmente la necesidad de continuar licenciando los Datos; y
- vii. el uso permanezca dentro de la Finalidad Licenciada.
“Finalidad Permitida” significa:
- los usos específicos de los Datos autorizados en el Contrato (la «Finalidad Licenciada»)
- Análisis Permitidos; o
- cualquier otro uso de los Datos relacionado con IA expresamente aprobado y registrado en el Anexo de IA (el “Uso Adicional Aprobado”).
“Servicio Público de IA” significa cualquier Sistema de IA puesto a disposición del público o de usuarios bajo términos de consumo o términos estándar, o cualquier Sistema de IA cuyo proveedor pueda utilizar información de entrada, prompts, contexto, resultados, logs, telemetría u otros datos de uso para Entrenamiento de Modelos o mejora del servicio.
«Datos a Nivel de Registro» o «RLD» significa cualesquiera Datos que incluyan datos a nivel individual de encuestado, panelista, hogar, usuario o dispositivo. Los Datos a Nivel de Registro también incluyen cualquier embedding vectorial u otra representación derivada de dichos Datos cuando la representación conserve o codifique atributos o patrones a nivel de encuestado, panelista, hogar, usuario o dispositivo.
«Consulta Libre de RLD» significa un prompt, solicitud, llamada API o instrucción enviada a un Sistema de IA que no incluya, adjunte, exponga, recupere ni de cualquier otra forma ponga a disposición ningún Dato a Nivel de Registro en el payload, prompt, ventana de contexto, system prompt, capa de recuperación, conector, llamada de herramienta, log, cache, telemetría o fuente de datos conectada.
«Datos Sintéticos» significa cualesquiera datos, registros, respuestas, atributos, variables, perfiles, personas, audiencias, segmentos, cohortes o conjuntos de datos que sean generados artificialmente, simulados, imputados, inferidos, extrapolados, ampliados o modelados estadísticamente de manera que se asemejen, aproximen, reproduzcan, amplíen o sustituyan las características, distribuciones, correlaciones, relaciones, comportamientos, preferencias, propensiones o valor predictivo de los Datos. Los Datos Sintéticos incluyen cualquier resultado de dicha naturaleza, corresponda o no, o pretenda o no corresponder, a cualquier individuo, encuestado, panelista, hogar, usuario o dispositivo real, y sea generado a nivel de registro, perfil, segmento, cohorte, audiencia o conjunto de datos.
1.2 Nada en el presente AI Rider amplía los conjuntos de datos, territorios, mercados, usuarios, afiliadas, clientes, finalidades, métodos de entrega, plazo, derechos sobre resultados o derechos de sublicencia concedidos conforme al Contrato. Un uso relacionado con IA solo estará permitido cuando se encuentre simultáneamente dentro del alcance de la licencia otorgada conforme al Contrato y sea permitido conforme al presente AI Rider.
2 Disposiciones Generales Sobre El Uso De Ia
2.1 El CLIENTE podrá utilizar los Datos únicamente dentro de la Finalidad Permitida y exclusivamente de conformidad con el presente AI Rider
2.2 El CLIENTE deberá asegurar que ni el CLIENTE ni sus afiliadas, sublicenciatarias, contratistas, integrantes de su personal o agentes utilicen los Datos, total o parcialmente, para Entrenamiento de Modelos o para desarrollar, mejorar, validar, realizar fine-tuning o de cualquier otra forma incorporar los Datos a un Sistema de IA. La presente cláusula 2.2 será aplicable independientemente de cualquier otra disposición del presente AI Rider, incluyendo cualquier registro en el Anexo de IA o cualquier autorización o aprobación otorgada por IBOPE, y no podrá ser modificada, renunciada ni excluida mediante ningún registro, autorización o aprobación de esa naturaleza.
2.3 Excepto para los Análisis Permitidos o para un Uso Adicional Aprobado, el CLIENTE deberá asegurar que ni el CLIENTE ni sus afiliadas, sublicenciatarias, contratistas, integrantes de su personal o agentes:
2.3.1 introduzcan, carguen, divulguen, pongan a disposición o permitan de cualquier otra forma que los Datos sean accesibles por:
- cualquier Servicio Público de IA;
- cualquier Sistema de IA no autorizado; o
- cualquier Sistema de IA alojado, operado o puesto a disposición por un proveedor distinto del Proveedor Autorizado
2.3.2 utilicen los Datos para crear Datos Sintéticos, Embeddings u otros conjuntos de datos derivados; o
2.3.3 permitan que cualquier tercero acceda o utilice los Datos de manera incompatible con el presente AI Rider.
Cuando intervengan Datos a Nivel de Registro, la cláusula 3 será adicionalmente aplicable y prevalecerá sobre la presente cláusula 2.3.
2.4 No obstante la cláusula 2.3.2, el CLIENTE podrá crear y almacenar Embeddings derivados exclusivamente de taxonomías o metadatos que no contengan, codifiquen ni se deriven de Datos a Nivel de Registro, siempre que dichos Embeddings se utilicen únicamente para búsquedas y recuperación internas con la Finalidad Permitida, no se utilicen para Entrenamiento de Modelos y sean eliminados tras la terminación o expiración de la licencia aplicable. El CLIENTE deberá identificar a IBOPE o los productos de IBOPE como fuente de dichos Embeddings cuando el Contrato así lo requiera.
2.5 El CLIENTE deberá implementar medidas técnicas y organizativas adecuadas para prevenir la divulgación inadvertida o no autorizada de los Datos a Sistemas de IA, incluyendo, sin limitación:
2.5.1 medidas de prevención de pérdida de datos;
2.5.2 restricciones a la copia de Datos al portapapeles o a dispositivos personales;
2.5.3 controles de red que impidan la carga en servicios públicos de IA;
2.5.4 formación del personal sobre las restricciones previstas en el presente AI Rider;
2.5.5 cuando corresponda, sesiones aisladas que no conserven ni pongan a disposición Datos o contexto de sesiones anteriores; y
2.5.6 controles de red y acceso adecuados al uso relacionado con IA correspondiente, diseñados para impedir que los Datos fluyan hacia cualquier sistema, proveedor, afiliada, cliente u otro tercero, salvo en los casos permitidos conforme a la cláusula 2.3.
2.6 El CLIENTE deberá asegurar que cualesquiera contratistas, sublicenciatarios u otros terceros a quienes se conceda acceso a los Datos estén sujetos a obligaciones escritas al menos tan restrictivas como las previstas en el presente AI Rider, incluyendo restricciones expresas respecto del Entrenamiento de Modelos, la retención, la divulgación posterior y la mejora del servicio. El CLIENTE seguirá siendo responsable de sus actos y omisiones.
2.7 El CLIENTE no deberá conservar Datos, Embeddings, prompts, contexto o resultados en ninguna base de datos vectorial, repositorio de embeddings, repositorio de artefactos de modelos, cache, log, flujo de telemetría o historial de prompts más allá del período necesario para la Finalidad Permitida y, en cualquier caso, deberá eliminarlos en la primera de las siguientes fechas: a) la expiración de la licencia correspondiente; o b) el vencimiento del período de retención especificado en el Anexo de IA.
2.8 En caso de que el CLIENTE pretenda utilizar los Datos en relación con un Sistema de IA para fines distintos de los Análisis Permitidos, podrá solicitar la aprobación de IBOPE para que dicho uso constituya un Uso Adicional Aprobado. Ningún uso constituirá un Uso Adicional Aprobado salvo y hasta que IBOPE haya otorgado su aprobación conforme a la presente cláusula 2.8.
2.8.1 El CLIENTE deberá proporcionar a IBOPE información escrita acerca del uso propuesto, incluyendo la finalidad, los Datos involucrados, el Sistema de IA y su proveedor, la arquitectura y los flujos de datos, las medidas de seguridad, la retención, los resultados y si el sistema es público, privado, compartido o controlado
2.8.2 IBOPE podrá, a su exclusiva discreción, conceder o rechazar la aprobación para que el uso propuesto constituya un Uso Adicional Aprobado, o conceder aprobación sujeta a condiciones. Cualquier aprobación deberá identificar al Proveedor Autorizado y deberá registrarse en un Anexo de IA que forme parte del Contrato. Cuando el uso propuesto involucre Datos a Nivel de Registro, cualquier aprobación únicamente surtirá efecto cuando se registre en el Anexo de IA como un Flujo de Trabajo de RLD Autorizado, siendo aplicable la cláusula 3.
2.8.3 El CLIENTE deberá pagar cualesquiera tarifas adicionales especificadas por IBOPE como condición para un Uso Adicional Aprobado
2.9 IBOPE podrá aprobar una prueba de concepto utilizando No RLD para un caso de uso definido de Datos Sintéticos o modelización generativa. Cualquier aprobación de esta naturaleza constituirá un Uso Adicional Aprobado y deberá establecerse expresamente en un Anexo de IA que forme parte del Contrato, identificando los Datos de origen, la finalidad, el Sistema de IA, el Proveedor Autorizado, el Entorno Autorizado, las pruebas de resultados, las protecciones de propiedad intelectual, los controles de reidentificación, el período de retención y los requisitos de eliminación. Ninguna aprobación de esta naturaleza autoriza el uso de Datos a Nivel de Registro, que únicamente podrá autorizarse como Flujo de Trabajo de RLD Autorizado conforme a la cláusula 3. Ninguna aprobación de esta naturaleza, ni ninguna otra disposición del presente AI Rider, autoriza el Entrenamiento de Modelos conforme a la cláusula 2.2.
3 Uso De Ia Que Involucra Datos a Nivel De Registro
3.1 Los Datos a Nivel de Registro no deberán ser introducidos, cargados, divulgados, incorporados, recuperados, puestos a disposición, tratados o autorizados de cualquier otra forma para fluir hacia o entre cualquier Sistema de IA, directa o indirectamente, excepto en la medida específica y exhaustiva expresamente establecida en un Flujo de Trabajo de RLD Autorizado (la «Restricción de RLD»). Todas las consultas realizadas a cualquier Sistema de IA deberán ser Consultas Libres de RLD, excepto dentro de un Flujo de Trabajo de RLD Autorizado
3.2 La Restricción de RLD se aplica a cada componente del flujo de trabajo de IA correspondiente, incluyendo cualquier solicitud o respuesta de API, payload, prompt, ventana de contexto, system prompt, capa de recuperación, base de datos vectorial, conector, plug-in, llamada de herramienta, memoria de agente, cache, log, flujo de telemetría, sistema de monitoreo, backup, corpus de entrenamiento, conjunto de validación y repositorio de resultados.
3.3 Para evitar dudas, los Análisis Permitidos y un Uso Adicional Aprobado no autorizan, por sí mismos, ningún uso de Datos a Nivel de Registro. Un uso que involucre Datos a Nivel de Registro únicamente estará permitido en la medida específica y exhaustiva establecida en un Flujo de Trabajo de RLD Autorizado y sujeto a la presente cláusula 3.
3.4 Los Datos a Nivel de Registro no deberán ser utilizados para la mejora del servicio de ningún Sistema de IA, excepto en la medida expresa y exhaustivamente establecida en el Flujo de Trabajo de RLD Autorizado.
3.5 Quedan prohibidos los Embeddings derivados de Datos a Nivel de Registro, salvo que hayan sido expresamente autorizados como parte de un Flujo de Trabajo de RLD Autorizado. Cualquier autorización deberá especificar los Datos de origen, el método de creación, el repositorio vectorial, el entorno de alojamiento, los controles de acceso, el uso permitido, el período de retención y los requisitos de eliminación. Incluso cuando sean autorizados, dichos Embeddings no deberán ser expuestos a ningún Sistema de IA fuera del Flujo de Trabajo de RLD Autorizado, transferidos a infraestructura compartida o no autorizada de terceros utilizada para retrieval-augmented generation, salvo autorización expresa, ni utilizados para reconstruir o inferir Datos a Nivel de Registro, siendo la cláusula 2.2 aplicable sin limitación a dichos Embeddings.
3.6 Cuando un Anexo de IA autorice cualquier uso de Datos a Nivel de Registro, el CLIENTE deberá garantizar que dicho uso se limite a la finalidad, los Datos, el Sistema de IA, el Entorno Autorizado, el Proveedor Autorizado, el flujo de trabajo, los usuarios, los resultados, los destinatarios y el período de retención especificados en dicho Anexo de IA.
3.6.1 Los Datos a Nivel de Registro deberán permanecer dentro del Entorno Autorizado y no deberán ponerse a disposición de ningún otro sistema o tercero, excepto en la medida expresamente especificada en el Anexo de IA aplicable.
3.6.2 El CLIENTE deberá implementar las medidas técnicas y organizativas especificadas en el Anexo de IA aplicable, incluyendo controles relacionados con llamadas de API, ventanas de contexto, system prompts, persistencia, sesiones, logging, caching, telemetría, acceso, resultados y eliminación.
3.6.3 Cualquier machine learning supervisado o no supervisado, modelización predictiva, segmentación, generación de insights de audiencia o modelización lookalike que involucre Datos a Nivel de Registro deberá realizarse únicamente cuando haya sido expresamente autorizado en el Anexo de IA aplicable y no deberá externalizar Datos a Nivel de Registro.
3.6.4 Cualquier modificación de la finalidad, los Datos, el Sistema de IA, el proveedor, la arquitectura, la ubicación, el acceso, la retención, los Embeddings, los resultados o los destinatarios autorizados estará sujeta a aprobación previa y por escrito de IBOPE y únicamente surtirá efecto cuando se registre en una modificación del Anexo de IA aplicable o en un nuevo Anexo de IA que forme parte del Contrato.
3.6.5 Cualquier resultado que salga del Entorno Autorizado deberá estar agregado y sujeto a controles adecuados de divulgación y pruebas de reconstrucción, no deberá contener Datos a Nivel de Registro y no deberá permitir la reconstrucción, ingeniería inversa, individualización o reidentificación de los Datos subyacentes.
3.6.6 Las funciones del proveedor y del sistema relacionadas con logging, caching, telemetría, historial de prompts, revisión humana y mejora del servicio deberán estar deshabilitadas para los Datos a Nivel de Registro, salvo que una función técnica específica haya sido expresamente autorizada en el Anexo de IA aplicable, sujeta a un período de retención y controles de acceso acordados.
3.6.7 Cuando la modelización lookalike haya sido expresamente autorizada, los Datos a Nivel de Registro utilizados como base deberán eliminarse inmediatamente después del proceso de modelización autorizado, no deberán ponerse a disposición de ninguna plataforma de activación salvo que se indique expresamente en el Anexo de IA aplicable, y no deberán permanecer en ningún modelo, Embedding o resultado en un formato que permita extracción, reconstrucción o sustitución.
3.6.8 Cuando una autorización se limite a una prueba de concepto que involucre Datos a Nivel de Registro, no podrá iniciarse ningún uso en producción salvo que IBOPE haya confirmado su aprobación por escrito tras revisar los resultados, controles y resultados generados por la prueba de concepto, así como cualquier evaluación de protección de datos requerida, y que el uso en producción haya sido registrado en una modificación del Anexo de IA aplicable o en un nuevo Anexo de IA que forme parte del Contrato.
4 Seguridad, Verificación Y Auditoría
4.1 El CLIENTE deberá implementar y mantener medidas técnicas y organizativas adecuadas para garantizar un nivel de seguridad apropiado al riesgo, incluso frente a cualquier Tratamiento no autorizado o ilícito. Dichas medidas deberán diseñarse, sin limitación, para:
4.1.1 garantizar el cumplimiento de las cláusulas 2 y 3 del presente AI Rider
4.1.2 garantizar que únicamente el personal autorizado tenga acceso a los Datos y que dicho personal haya sido capacitado respecto de tales restricciones y tenga conocimiento de ellas.
4.2 Con respecto al cumplimiento por parte del CLIENTE de las obligaciones establecidas en el presente AI Rider en relación con usos de IA que no involucren Datos a Nivel de Registro, incluidas restricciones de uso de datos, prohibiciones de Entrenamiento de Modelos, retención de datos y uso indebido, IBOPE podrá solicitar información razonablemente necesaria para verificar el cumplimiento del Contrato y del presente AI Rider. Dicha verificación se realizará principalmente mediante cuestionarios, certificaciones de cumplimiento y suministro de documentación y materiales pertinentes que demuestren el cumplimiento del presente AI Rider
4.3 El CLIENTE deberá cooperar con cualquier solicitud de verificación conforme a la cláusula 4.2 y deberá:
4.3.1 responder de buena fe y dentro de un plazo razonable, no superior a diez (10) Días Hábiles, salvo que IBOPE acuerde un plazo mayor, acuerdo que no podrá ser denegado injustificadamente;
4.3.2 proporcionar información completa, exacta y actualizada; y
4.3.3 notificar con prontitud cualquier incidente relevante o incumplimiento relacionado con el presente AI Rider.
4.4 IBOPE podrá exigir medidas adicionales de verificación conforme a la cláusula 4.5 cuando ocurra cualquiera de las siguientes circunstancias:
4.4.1 falta de respuesta dentro del plazo acordado sin justificación razonable;
4.4.2 suministro de información incompleta, inconsistente u objetivamente contradictoria;
4.4.3 identificación de evidencias objetivas de posible incumplimiento, incluyendo indicios documentales o técnicos de uso indebido de los Datos;
4.4.4 notificación de un incidente relevante relacionado con el uso de Datos o IA; o
4.4.5 incumplimiento reiterado de las obligaciones de transparencia establecidas en la presente cláusula 4.
4.5 Cuando resulte aplicable cualquiera de las circunstancias previstas en la cláusula 4.4 y únicamente en la medida necesaria para esclarecer la cuestión, las Partes discutirán de buena fe medidas adicionales de verificación, que podrán incluir una auditoría limitada, siempre que dichas medidas sean proporcionales al riesgo identificado, estrictamente limitadas al alcance del posible incumplimiento, sujetas a estrictas obligaciones de confidencialidad y realizadas de manera que minimicen las interrupciones de las operaciones del CLIENTE. La negativa injustificada del CLIENTE a cooperar con medidas acordadas o exigidas conforme a esta cláusula 4.5 constituirá un incumplimiento material del Contrato.
4.6 Cuando exista cualquier Flujo de Trabajo de RLD Autorizado, IBOPE podrá solicitar información y evidencias técnicas razonablemente necesarias para verificar el cumplimiento de dicho Flujo de Trabajo de RLD Autorizado, incluidos términos contractuales del proveedor, diagramas del sistema y de los flujos de datos, evidencias de arquitectura y configuración, registros de controles de acceso, estructuras de solicitudes y respuestas API, configuración de ventanas de contexto y system prompts, configuraciones de aislamiento y persistencia de sesiones, controles de logging, caching, telemetría e historial de prompts, registros de retención y eliminación, pruebas de resultados, pruebas de reconstrucción o reidentificación y evidencias de que los Datos a Nivel de Registro no han sido utilizados fuera del alcance autorizado.
4.7 Para cualquier Flujo de Trabajo de RLD Autorizado, o cuando IBOPE sospeche razonablemente un incumplimiento que involucre Datos a Nivel de Registro, IBOPE podrá exigir una auditoría técnica limitada al Flujo de Trabajo de RLD Autorizado correspondiente o al supuesto incumplimiento. Dicha auditoría podrá incluir el análisis de cualquiera de los elementos enumerados en la cláusula 4.6 y de cualquier otra medida técnica razonablemente necesaria para verificar el cumplimiento. IBOPE podrá designar un auditor independiente sujeto a obligaciones adecuadas de confidencialidad y a la aprobación previa del CLIENTE, la cual no podrá denegarse ni retrasarse injustificadamente.
4.8 Cualquier verificación, medida adicional de verificación o auditoría realizada conforme a la presente cláusula 4 deberá limitarse a lo razonablemente necesario para verificar el cumplimiento del presente AI Rider y deberá llevarse a cabo de manera que proteja la Información Confidencial, los secretos comerciales, la propiedad intelectual y los controles de seguridad del CLIENTE, así como la Información Confidencial y los datos de clientes, consumidores y otros terceros del CLIENTE. IBOPE no exigirá la divulgación de datos no relacionados de clientes, algoritmos propietarios, pesos de modelos o código fuente, salvo cuando sea estrictamente necesario para verificar el asunto de cumplimiento correspondiente y sujeto a salvaguardas reforzadas adecuadas, que podrán incluir redacción, agregación, entornos seguros de revisión, revisión por auditor independiente u otras medidas de protección acordadas por las Partes.
4.9 El CLIENTE deberá notificar a IBOPE de forma inmediata y, en cualquier caso, dentro de un plazo máximo de veinticuatro (24) horas, por escrito, al tomar conocimiento de cualquier sospecha o incumplimiento efectivo del presente AI Rider o de cualquier incidente que pueda comprometer la seguridad, la confidencialidad o el uso autorizado de los Datos.
5 Derechos De Propiedad Intelectual
5.1 El CLIENTE reconoce que los Datos representan una inversión sustancial de IBOPE y poseen un significativo valor comercial, y que cualquier uso no autorizado de los Datos, incluido cualquier uso para Entrenamiento de Modelos, puede crear una obra derivada no autorizada y/o constituir una apropiación indebida de los derechos de propiedad intelectual de IBOPE.
5.2 Todos los derechos, títulos e intereses sobre los Datos y relacionados con los mismos (incluidos, entre otros, derechos de propiedad intelectual, derechos sobre bases de datos, derechos de autor y secretos comerciales) seguirán siendo propiedad de IBOPE y/o de sus licenciantes.
5.3 Nada en el Contrato ni en el presente AI Rider otorga al CLIENTE derecho o licencia alguna para:
5.3.1 utilizar los Datos para Entrenamiento de Modelos;
5.3.2 utilizar los Datos para el desarrollo u operación de cualquier Sistema de IA, salvo para Análisis Permitidos o como Uso Adicional Aprobado;
5.3.3 crear obras derivadas o adaptaciones de los Datos (salvo en la medida expresamente permitida para la Finalidad Permitida);
5.3.4 realizar ingeniería inversa, descompilar o desensamblar los Datos o cualquier metodología utilizada para crearlos; o
5.3.5 sublicenciar, vender o comercializar de cualquier otra manera los Datos o cualquier resultado derivado de ellos (salvo en la medida expresamente permitida por el Contrato).
5.4 Para evitar dudas, un Resultado Analítico Derivado generado de conformidad con el presente AI Rider podrá utilizarse para la Finalidad Permitida y no constituirá, exclusivamente por haber sido generado mediante Análisis Permitidos o mediante un Flujo de Trabajo de RLD Autorizado, una obra derivada no autorizada. Lo anterior no será aplicable a ningún resultado que reproduzca, sustituya, replique sustancialmente, permita reconstruir o revele los Datos o cualquier parte sustancial de los mismos.
5.4.1 El CLIENTE no deberá utilizar los Datos, ningún Embedding ni ningún resultado para crear, respaldar o comercializar un producto, conjunto de datos, modelo o servicio que compita con los Datos, los sustituya o reduzca sustancialmente la necesidad de licenciarlos. Cualquier intercambio autorizado de resultados con un cliente u otro tercero deberá cumplir con el Contrato y con cualquier condición establecida en el Anexo de IA aplicable, y el CLIENTE seguirá siendo responsable de cualquier uso posterior.
6 Protección De Datos
6.1 En la medida en que los Datos incluyan Datos a Nivel de Registro o, de otro modo, Datos Personales, las Partes reconocen que cada Parte actúa como Responsable del Tratamiento independiente respecto de su propio Tratamiento de dichos Datos y que ninguna Parte determina las finalidades ni los medios esenciales del Tratamiento realizado por la otra Parte. Las Partes deberán cumplir con el Acuerdo de Compartición/Intercambio de Datos de IBOPE y con todas las leyes de protección de datos aplicables
6.2 Ningún uso de Datos a Nivel de Registro conforme a un Flujo de Trabajo de RLD Autorizado podrá iniciarse salvo que el Acuerdo de Compartición/Intercambio de Datos se encuentre vigente y el CLIENTE haya documentado, según corresponda, la finalidad, la base jurídica, la necesidad, la proporcionalidad, la minimización de datos, la retención, la transparencia y las medidas para transferencias internacionales relacionadas con el Tratamiento.
6.3 El CLIENTE no deberá intentar identificar o contactar a ningún encuestado o panelista, vincular Datos a Nivel de Registro con información directamente identificable ni utilizar los Datos para tomar decisiones que produzcan efectos jurídicos o efectos significativamente similares respecto de una persona física, independientemente de que dicha conducta se encuentre o no restringida por la legislación aplicable.
6.4 El CLIENTE deberá garantizar que los resultados generados mediante un Sistema de IA sean sometidos a revisión humana antes de ser utilizados para cualquier decisión que afecte a una persona física o antes de ser divulgados a cualquier tercero, y que no sean presentados como ciertos, completos o libres de limitaciones estadísticas, sesgos o errores.
7 Penalidades
7.1 Cualquier incumplimiento del presente AI Rider constituirá un incumplimiento material del Contrato y otorgará a IBOPE el derecho de ejercer uno o todos los recursos disponibles conforme al Contrato.
7.2 Cuando IBOPE considere razonablemente que la continuidad del Tratamiento genera un riesgo material para los Datos, los encuestados, la propiedad intelectual o la seguridad, IBOPE podrá exigir al CLIENTE que suspenda el uso de IA afectado hasta la finalización de la investigación y de la remediación. IBOPE actuará razonablemente al determinar si el uso afectado podrá reanudarse y cuándo podrá hacerlo.
7.3 Cuando el riesgo correspondiente involucre un incumplimiento de la Restricción de RLD, IBOPE también podrá exigir que el CLIENTE suspenda inmediatamente el uso de IA afectado, aísle los sistemas afectados, desactive el flujo de trabajo correspondiente, preserve logs y evidencias relevantes, elimine o segregue cualesquiera Datos a Nivel de Registro de sistemas no autorizados y proporcione un plan de remediación por escrito.
7.4 Las Partes acuerdan que una indemnización por daños y perjuicios, por sí sola, no constituiría un recurso adecuado en caso de incumplimiento por parte del CLIENTE de las disposiciones del presente AI Rider. En consecuencia, IBOPE podrá, independientemente de la prueba de daños especiales, solicitar medidas cautelares, cumplimiento específico o cualquier otra medida provisional o equitativa respecto de cualquier amenaza o incumplimiento efectivo del presente AI Rider. Las Partes reconocen además que cualquier uso, divulgación, exposición o retención no autorizada de Datos a Nivel de Registro en relación con un Sistema de IA puede causar un daño irreparable
7.5 El CLIENTE deberá indemnizar, defender y mantener indemnes a IBOPE, las Afiliadas de IBOPE y a sus respectivos integrantes de personal respecto de cualesquiera pérdidas, daños, responsabilidades, costes, multas regulatorias y reclamaciones de terceros derivadas de o relacionadas con cualquier incumplimiento del presente AI Rider por parte del CLIENTE, sus afiliadas, contratistas o integrantes de su personal. Sin limitar la generalidad de lo anterior, dichas pérdidas incluyen aquellas derivadas del uso no autorizado de Datos a Nivel de Registro, reidentificación, reconstrucción, investigaciones regulatorias, reclamaciones de titulares de datos o encuestados, incidentes de seguridad o reclamaciones de licenciantes, clientes u otros terceros.
7.6 Los recursos previstos en el presente AI Rider son acumulativos, adicionales a los recursos disponibles conforme al Contrato y no los sustituyen. Las limitaciones y exclusiones de responsabilidad previstas en el Contrato se aplicarán a la responsabilidad derivada del presente AI Rider, excepto que la indemnización prevista en la cláusula 7.4 no estará sujeta a ningún límite de responsabilidad establecido en el Contrato.
7.7 IBOPE podrá resolver el Contrato mediante notificación por escrito si el CLIENTE o cualquiera de sus afiliadas, contratistas o integrantes de su personal incurre en un incumplimiento material del presente AI Rider y, cuando dicho incumplimiento sea susceptible de subsanación, no lo subsana dentro de cualquier período de subsanación aplicable conforme al Contrato. IBOPE podrá resolver inmediatamente el Contrato mediante notificación por escrito y sin período de subsanación cuando el CLIENTE, o cualquiera de sus afiliadas, contratistas o integrantes de su personal, incumpla la Restricción de RLD o la cláusula 2.2, o cuando un incumplimiento del presente AI Rider involucre acceso, uso, divulgación o retención no autorizados de Datos a Nivel de Registro; exposición de Datos a Nivel de Registro a un Servicio Público de IA o a un Sistema de IA no autorizado; generación de Datos Sintéticos a partir de Datos a Nivel de Registro; falta de cooperación con una auditoría técnica conforme a la cláusula 4.7; falta de notificación de un incidente que involucre Datos a Nivel de Registro dentro del plazo establecido en la cláusula 4.9; o incapacidad para demostrar el cumplimiento de un Flujo de Trabajo de RLD Autorizado. La resolución conforme a la presente cláusula 7.6 no afectará ningún otro derecho o recurso disponible para IBOPE.
8 Obligaciones Posteriores a La Terminación
8.1 Tras la terminación o expiración del Contrato, por cualquier motivo, el CLIENTE deberá
8.1.1 cesar inmediatamente todo uso de los Datos y cualquier Tratamiento de Datos Personales contenidos en los Datos
8.1.2 según elección de IBOPE, comunicada por escrito al CLIENTE, devolver o eliminar de forma segura todas las copias de los Datos que se encuentren en su posesión o bajo su control, incluidas versiones derivadas, transformadas, almacenadas en cache o incorporadas, embeddings vectoriales derivados de los Datos y cualesquiera resultados cuya eliminación sea exigida conforme al Anexo de IA. Las copias conservadas en backups, archivos o sistemas de recuperación ante desastres que no puedan eliminarse inmediatamente deberán permanecer protegidas, no deberán restaurarse ni utilizarse salvo para fines de recuperación ante desastres y deberán eliminarse de forma segura conforme al ciclo normal de retención de backups del CLIENTE;
8.1.3 garantizar que todas las afiliadas, contratistas, sublicenciatarias y otros terceros a quienes se haya concedido acceso a los Datos cumplan las obligaciones previstas en las cláusulas 8.1.1 y 8.1.2;
8.1.4 proporcionar a IBOPE una confirmación escrita del cumplimiento de las cláusulas 8.1.1 a 8.1.3, firmada por un administrador del CLIENTE, dentro de los veinte (20) Días Hábiles siguientes a lo que ocurra más tarde entre: la terminación o expiración; y la decisión de IBOPE conforme a la cláusula 8.1.2 (si corresponde); y
8.1.5 si IBOPE lo solicita, proporcionar evidencias de eliminación, incluyendo logs de eliminación, certificados de destrucción u otras evidencias razonables.
8.2 El CLIENTE podrá conservar los Datos y cualesquiera Embeddings, resultados o materiales derivados sujetos a requisitos de retención únicamente en la medida y durante el período exigidos por la legislación o regulación aplicable, siempre que:
8.2.1 el CLIENTE notifique por escrito a IBOPE la base jurídica de la retención y el período de retención;
8.2.2 los Datos permanezcan protegidos y sujetos a las restricciones previstas en el presente AI Rider;
8.2.3 los Datos se utilicen exclusivamente para la finalidad exigida por la ley y se eliminen tan pronto como cese dicha obligación legal; y
8.2.4 el CLIENTE notifique a IBOPE dentro de los diez (10) Días Hábiles siguientes a la eliminación.
Las obligaciones previstas en la presente cláusula 8 no afectarán a cualesquiera obligaciones que expresamente sobrevivan a la terminación o expiración del Contrato.